“EE.UU. y el Modelo Prohibicionista”
En el siguiente artículo se buscará esclarecer el por qué del paradigma prohibicionista, como se configura y como EE.UU. se pone a la cabeza del mismo.
#SEGURIDAD #DEFENSA #RELACIONESINTERNACIONALES #CRIMENORGANIZADO #NARCOTRAFICO
El prohibicionismo y la lucha contra las drogas es hoy en día un tema relevante y de gran debate dentro del ámbito académico. El paradigma prohibicionista en la actualidad se enfrenta a grandes corrientes críticas y a un aparente agotamiento del mismo. En los últimos años, ha ido adquiriendo un peso cada vez mayor la idea de su fracaso, falencias y limitaciones a la hora de contener la marea de tráfico y producción de narcóticos, como así también la narco violencia.
A pesar de estas corrientes críticas, nos encontramos con que el modelo prohibicionista sigue vigente al día de hoy, a pesar de que, como mencionábamos, no existen evidencias de que se haya producido ni de que se producirá una victoria aplastante frente a la producción y tráfico de sustancias ilícitas.
En primera instancia, es necesario indagar en los fundamentos del prohibicionismo para entender como en la actualidad se configura como una política global. Para realizar semejante tarea se requiere de un repaso histórico que nos permita entender como este paradigma se fue gestando a lo largo de la historia.
El consumo de narcóticos, estimulantes, alucinógenos, embriagantes e hipnóticos no tiene absolutamente nada de novedoso. Estas prácticas se remontan a la antigüedad por diversos motivos tales como los rituales míticos-religiosos, los fines medicinales o la necesidad de obtener una mayor cuota de coraje en los enfrentamientos bélicos. Si de poner ejemplos se trata, podemos decir que existen registros arqueológicos que constatan el uso de Cannabis para textiles desde 4000 años a.C. (Pascual Arriazu y Rubio Valladolid, 2002). La Erythroxylum Coca (planta de Coca) es de consumo milenario entre los nativos de América del Sur, ya sea para rituales mágicos – religiosos o como para mitigar el hambre y la sed, pero recién en 1860 fue cuando Niemann la aisló en forma de cocaína. En cuanto al Opio, fue probablemente la primera droga descubierta, sobrepasando, en antigüedad a las bebidas alcohólicas. Existen registros sumerios de alrededor de 3200 a.C. en los que se identifica a la Amapola como la “planta de la alegría” (Davenport-Hines, R., 2003:27).
Si estas sustancias y su consumo existen desde la antigüedad y adicionalmente, las prácticas alrededor de ellas se continuaron efectuando durante toda la edad media y buena parte de la modernidad: ¿Por qué nos encontramos al día de hoy con que muchas de estas sustancias psicoactivas se encuentran prohibidas y altamente penalizadas?.
Fundamentos del prohibicionismo
Para analizar las raíces del prohibicionismo como paradigma actual, debemos centrarnos en el análisis de la sociedad de EE.UU. ya que esta se conformó como el epicentro de la imposición de normas políticas prohibicionistas que luego fueron replicadas en casi todo el escenario internacional.
En la sociedad americana, el consumo de sustancias psicoactivas empezó a ser visto como lo que Becker (2018, p. 34) denomina una desviación. Una desviación responde a una infracción de una norma social, un acto desviado es aquel en el cual los otros miembros de la sociedad acuerdan como contrario a la norma social. Lo interesante de este planteo es que, según Becker, “los otros” generalmente son los que detentan una mayor cuota de poder dentro de esa sociedad.
En EE.UU. durante la época colonial, entre el siglo XVII y XVIII, quienes detentaban el mayor poder social, se atribuían algunas nociones morales que iban en contra del uso de sustancias psicoactivas con el justificativo de resguardar el orden social. Siguiendo a Palomo Zamora (2015, p.103), podemos afirmar que EE.UU. impulsó el paradigma prohibicionista desde su conformación, construyéndolo con base en tres ámbitos de la vida social: el religioso (puritanismo), el desarrollo del capitalismo y los movimientos migratorios.
A partir de estos tres pilares sociales, la sociedad americana fue configurando poco a poco lo que luego sería el prohibicionismo hacia las drogas. El puritanismo, entendido como la corriente religiosa purificadora de la iglesia protestante, presenta como característica esencial la idea de defender una suerte de rigidez moral. Como bien explicaba Weber en La Ética Protestante y el espíritu del capitalismo, había muchos puntos en común en cuanto a la relación entre protestantismo y la conducta de vida, y cómo los protestantes hicieron de la sobriedad y de la vida sin excesos un modo de vida:
“…Pues sucede que lo moralmente condenable, en realidad, es el relajarse en la propiedad; el regodearse en la riqueza con sus consecuencias de ociosidad, sensualidad y, sobre todo, de alejamiento de la aspiración por una vida santa…” (2009, p.168)
Esta noción moral puritana sobre la vida y las costumbres sembró la semilla de la expansión del capitalismo, al mismo tiempo que originó el germen del prohibicionismo. En paralelo al desarrollo del capitalismo liberal y de las libertades individuales, se fueron configurando prácticas prohibicionistas ante determinadas conductas, acciones y consumos que partían más bien de una base comunitaria que de una individualista.
El primer objetivo de esta incipiente tendencia prohibicionista fue el alcohol. El Código de Connecticut de 1650 sancionaba su consumo respondiendo a las preocupaciones de aquella sociedad en proceso de conformación. Durante todo el siglo XVIII vemos un contínuum de esta tendencia que para el siglo XIX cobra aún más ímpetu debido a las dinámicas propias del desarrollo industrial: largas jornadas laborales y la aparición de nuevas marginalidades llevaron a un aumento del consumo de alcohol en la población, por lo que el discurso prohibicionista se hizo más fuerte a fin de limitar el consumo. Es por esto que, hacia mediados y finales de este siglo, surgen nuevas asociaciones civiles en contra del consumo de alcohol, tales como el Partido Prohibicionista en 1869.
Adicionalmente, a este aumento la intensidad de la tendencia prohibicionistas, nos encontramos en el siglo XIX con el tercer punto planteado por Zamora. Las distintas corrientes migratorias traían con ellas consumos vinculados a prácticas culturales, los cuales eran vistos como prácticas foráneas, las cuales no contribuían a la correcta integración ni concordaban con los valores estadounidenses. Es en este punto donde puede empezar a verse un componente racial del prohibicionismo. En relación con esto, comenzaron a aparecer ordenanzas del tipo prohibitivas contra otras sustancias. Por ejemplo, en 1875 la ciudad de San Francisco prohibió el consumo de Opio.
Sin embargo, el mayor logro de la corriente prohibicionista llegaría recién entrado el siglo XX. La enmienda constitucional conocida como “Ley Volstead” de 1919, la cual decretó la ilegalidad de la producción, distribución y venta de bebidas alcohólicas en la totalidad del territorio estadounidense.
Esta enmienda significó el mayor logro, al mismo tiempo que un rotundo fracaso. La legislación tuvo una vida efímera, siendo derogada en 1933, al no cumplir ninguno de sus objetivos iniciales: bajar el consumo, lograr la paz social y fomentar el auge de las organizaciones ilícitas y violentas. A diferencia de la prohibición de drogas sobre la cual, como ya adelantamos, se encuentra en debate su efectividad en cuanto a sus objetivos, vemos que los motivos de la derogación de la enmienda Volstead no se debían solo a su falta de eficacia. La prohibición del alcohol llevo a la eliminación de puestos de trabajos en una industria que, para el momento, estaba enormemente asentada. A esto podríamos sumarle que la crisis de 1929 influyó notablemente en la derogación de esta ley, ya que se buscó recuperar los ingresos fiscales del gobierno hacia esta actividad.
Entonces, si bien se terminó con el intento de la prohibición hacia el alcohol, vemos que, en paralelo, las leyes sobre consumo y producción de otras sustancias se mantuvieron e intensificaron. Es aquí donde se recae más sobre el componente racial y migratorio de la prohibición, recayendo la legislación sobre sustancias consumidas por inmigrantes o clases marginales.
Para 1909, lo que había comenzado como una ordenanza prohibitiva de Opio en San Francisco treinta y cuatro años antes, se extendió a todo el territorio. En ese año se aprobó la ley federal contra el consumo de Opio e importación del mismo. A partir de este momento se comenzaron a gestar los primeros antecedentes de lo que sería el RICD (Régimen Internacional de Control de Drogas):
– La Comisión Internacional del Opio en Shanghái de 1909.
– La Convención del Opio de La Haya de 1912, cuyos signatarios originales fueron Alemania, Estados Unidos, China, Francia, Gran Bretaña, Italia, Japón, Holanda, Persia, Portugal, Rusia y Siam (actual Tailandia) (Tokatlian, 2017, p. 17)
– La Ley Harrison de Narcóticos de 1914, la cual aportó el modelo para la prohibición de las distintas drogas en el resto del mundo (Davenport-Hines, R., 2003:14).
– Los Convenios de Ginebra de 1925, 1931 y 1936 en los cuales se empezó a prohibir no solo el Opio, sino también la coca y la marihuana, conduciendo progresivamente a la penalización del consumo. A partir de tales convenios, según Palomo Zamora (2015, p. 112), se comenzó a considerar como un delito el acto del consumo en casi todas las legislaciones del mundo.
Es entonces a principios del siglo XX, cuando vemos que EE.UU. exporta estas prácticas prohibicionistas al resto del mundo de una forma la cual nunca antes se había visto en la historia moderna: un marco de control global sobre el empleo de sustancias psicoactivas. La lucha contra las drogas, a partir de aquel momento, se ha compuesto de diversos marcos regulatorios, convenios y conferencias internacionales. Con el paso de los años, se fueron sumando medidas de control, se firmaron nuevos acuerdos y se incorporaron distintos niveles de regulación sobre una cantidad de drogas cada vez mayor. El objetivo de estos esfuerzos era limitar la producción, fabricación y tráfico de estupefacientes a fines puramente científicos y/o médicos.
Resumiendo y de acuerdo con la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2008), para sintetizar este marco regulatorio internacional tenemos que mencionar que en 1909 se presenta el primer antecedente directo de este marco regulatorio conocido como la Comisión Internacional del Opio en Shanghái, la cual discute las posibilidades respecto a imponer controles sobre el opio. Luego, como también mencionamos, tenemos el Convenio Internacional del Opio de La Haya de 1912, donde se ratifica y firma lo tratado en Shanghái tres años antes. A partir de este momento, se firmaron tratados logrando restricciones sobre el comercio de estas sustancias, siempre bajo el auspicio de la Sociedad de Naciones (como los Convenios de Ginebra de 1925, 1931 y 1936).
Pero más allá de estos intentos de lograr prohibir completamente estas sustancias se encontraba la resistencia de las potencias europeas, quienes limitaban su accionar en razón del beneficio económico que representaban aquellas actividades, como por ejemplo el comercio de opio. Con el fin de la Segunda Guerra Mundial y conformación de la O.N.U. (Organización de Naciones Unidas), EE.UU. logra llevar adelante la presión necesaria para imponer al resto de los países un régimen de fiscalización y control sobre las drogas. En 1946, entra en vigor el Protocolo de Lake Success que modifica los Convenios de la Haya y los de Ginebra, por el cual se agregan más sustancias al régimen de fiscalización. En 1948, entra en vigor el Protocolo de París que
modifica con nuevas sustancias al de Lake Success.
Finalmente, en 1961 la Asamblea General de Naciones Unidas decide derogar y reemplazar todos estos convenios vigentes por una Convención Única sobre estupefacientes, la cual tendría el fin de sistematizar el marco normativo por completo e incorporar nuevas disposiciones. Se crea así, un sistema unificado de fiscalización por medio de cuatro listas de sustancias controladas. Además, se conformó la Junta internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE). Si a esto le sumamos la Convención de 1971 sobre Sustancias Psicoactivas, la Convención de 1988 sobre el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y, la creación de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) en 1997, tenemos conformado el llamado RICD.
A través de este repaso histórico podemos ver como desde su conformación colonial se hizo presente en EE.UU. una tendencia prohibicionista, las cual fue ganando fuerza hasta convertirse primero en legislación interna para luego ser exportada al resto del sistema internacional.
Es sumamente importante remarcar que paralelamente a este desarrollo, desde el punto de vista discursivo, podemos ver como el prohibicionismo se estableció primero como un problema moral y para luego mutar sus justificaciones a otras referidas hacia la seguridad Nacional, para por último adoptar una justificación referida a la salud pública, la cual mediante la aprobación científica ha logrado generar un consenso respecto a la necesidad de dar una batalla frente a las drogas.
Conclusión
Como hemos visto, EE.UU. se ha puesto a la cabeza del paradigma prohibicionista. Justificado en sus comienzos por los valores morales y dotado de un alto componente racial, debido a que la prohibición de ciertas sustancias psicoactivas estaban referidas a prácticas foráneas de minorías que supuestamente iban en contra del espíritu de la sociedad americana. Sí bien esta es la principal justificación, también podemos mencionar otras causas: el rechazo a los cambios acelerados de las prácticas sociales provocados por la revolución industrial, la fuerte presencia de grupos civiles que se movilizaron a favor del prohibicionismo y la estrecha relación entre el puritanismo y la sobriedad, y el puritanismo y el desarrollo del capitalismo.
Luego, en el siglo XX, Estados Unidos logra exportar sus prácticas y así reclama el liderazgo mundial del paradigma prohibicionista, utilizando su legislación como modelo de los acuerdos internacionales para el control de las mismas. Para ese entonces, también fueron mutando las justificaciones del por qué prohibir las sustancias psicoactivas, pasando de explicaciones morales hacia otras ligadas a seguridad y finalmente encontrando consenso en las justificaciones de salud pública. A partir de ese momento, en casi todos los países del mundo comienzan a surgir prácticas, quizás no tan duras como las estadounidenses, pero prohibicionistas al fin.
Paralelamente a esto, vemos que en términos globales, a pesar de los grandes esfuerzos no se ha llegado a resultados visiblemente exitosos vinculados a contener y disminuir el tráfico y producción o referidos a una disminución del consumo. Inclusive muchos autores críticos de este paradigma, no solo atacan su falta de eficacia, sino también el gran gasto que este modelo conlleva. Por un lado, un gran gasto de presupuesto en investigaciones, inteligencia y operaciones, como también tiene una gran implicancia social, ya que estas políticas prohibicionistas terminan atacando al consumidor, marginalizado al adicto, sin atacar al problema de fondo.
Más allá de la valoración que haga cada uno, es interesante observar, por qué a pesar de una hipotética aceptación de la carencia de éxito del prohibicionismo en términos de tráfico y producción, sería muy difícil abandonar este modelo. Para responder esto primero hay que tener en cuenta que la decisión de dar este debate depende de los altos círculos de poder internacional, para lo cual se requiere un amplio consenso. Hoy por hoy, justamente la agenda internacional no se caracteriza por esto último, al mismo tiempo que las potencias se encuentran con temas mucho más prioritarios que atender.
En segundo lugar, este modelo configura y engloba una enorme estructura de agencias, las cuales sería muy difícil desarticular. En tal caso nos parece relevante retomar a Youngers:
“…Los funcionarios que trabajan sobre la política de control de drogas internacional son casi los mismos, y la mayoría está imbuida de una mentalidad belicosa frente a las drogas; muchos de ellos han dedicado sus carreras a poner en práctica la “guerra contra las drogas” de los Estados Unidos. Así sucede con la Dirección para Asuntos Internacionales en materia de Estupefacientes y Aplicación de la Ley del Departamento de Estado (INL), la Dirección de Lucha contra la Droga (DEA) y otros organismos federales con responsabilidades en el campo del control de drogas. Con los años, los organismos de control de drogas del gobierno estadounidense han ido ganando un importante grado de autonomía con respecto al resto de la comunidad oficial encargada de la formulación de políticas y siguen operando con muy poca injerencia de otros sectores de la burocracia gubernamental, especialmente en el ámbito internacional…”(2011, p. 2).
En el caso de que estas dos realidades mencionadas puedan revertirse basándonos en el diálogo y el consenso, el mundo se encontraría en capacidad de poder discutir un nuevo paradigma de sustancias psicoactivas más flexible, que de cuenta de las distintas culturas, más focalizados sobre las condiciones que llevan a la demanda y sobre todo partiendo de las bases que estas sustancias existen y seguirán existiendo.
REFERENCIAS:
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– Davenport Hines, R., (2003). La búsqueda del olvido, Historia global de las drogas,
1500-2000. D.F., México: Turner Fondo de Cultura Económica.
– Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (2008). Naciones Unidas. – Chronology: 100 years of drug control. United Nations Office on Drugs and Crime.
https://www.unodc.org/documents/timeline_E_09.pdf
– Palomo Zamora, E. (2015). Revisión histórica de la prohibición de las drogas en
Estados Unidos; desde los pilgrims hasta el Partido Prohibicionista. URVIO. Revista
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https://doi.org/10.17141/urvio.16.2015.1812
– Pascual Arriazu, J. y Rubio Valladolid, G. (2002). Historia General de las drogas, en
Manual de drogodependencias para enfermería. España.
– Tokatlian, J. G., (2017), Qué hacer con las drogas, una mirada progresista sobre un
tema habitualmente abordado desde el oportunismo político y los intereses creados. Buenos aires, Argentina: Siglo Veintiuno.
– Weber, M. (2009). La ética protestante y el espíritu del capitalismo. Recuperado de
https://catedracesarpeon.files.wordpress.com/2009/08/weber-m-1905-la-etica-protesta
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– Youngers, C. A. (2011). La política de control de drogas de la administración Obama
en piloto automático. Informe del IDPC. Consorcio Internacional sobre Políticas de
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