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DESCUBRIENDO EL SICRI: capítulo 1 – PBA

Por: Juan Carlos Espíndola – Director del Instituto de Inteligencia Criminal de #El Analista.

En primera instancia quiero manifestar que me alegra volver con esta columna, distintos compromisos profesionales y académicos extendieron el impasse propio de la época estival pero acá estamos de nuevo, cimentando nuestros conocimientos sobre el Sistema de Inteligencia Nacional (S.I.N). Utilizo el pronombres “nosotros” porque yo aprendo junto con uds. y por uds., para satisfacer su necesidad de saber y la propia.

Ahora bien, continuando con nuestro descubrimiento y comprensión del S.I.N. en nuestra última edición se les presentó El Subsistema de Inteligencia Criminal (SICRI)1.

Pero, ¿De donde nace este Subsistema? Pues no de la Ley 25.520 y sus modificatorias, ya que esta lo limita en su Art. 11 donde señala que “Queda prohibida la creación conformación y funcionamiento de asociaciones, instituciones, redes y grupos de personas físicas o jurídicas que planifiquen y/o ejecuten funciones y actividades de inteligencia en cualquiera de sus etapas asignadas por la presente ley a los organismos integrantes del Sistema de Inteligencia Nacional.”2

Pero profundizando en el entramado legal que presenta nuestra nación nos encontramos que la Ley de Seguridad Interior3 señala en su Art. 16 que “La Dirección Nacional de Inteligencia Criminal constituirá el órgano a través del cual el Ministro del Interior (Hoy el Ministro de Seguridad) ejercerá la dirección funcional y coordinación de la actividad de los órganos de información e inteligencia de la Policía Federal Argentina y de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; como también de los pertenecientes a la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina, en estos últimos casos exclusivamente a los efectos concernientes a la seguridad interior, y de los existentes a nivel provincial de acuerdo a los convenios que se celebren. Estará integrada por personal superior de Policía Federal Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, policías provinciales, y los funcionarios que fueran necesarios.”

He aquí la puerta de entrada a una amplia red de organismos de Inteligencia Criminal aportados por las policías provinciales, que se han adherido a la Ley de Seguridad Interior y han creado sus propios Sistemas, relegados a un segundo escalón en el S.I.N. pero no por ello menos importantes.

Por ello, a partir de esta publicación y en las sucesivas iremos describiendo los organismos de Inteligencia Criminal que conforman el SICRI. En esta oportunidad comenzaremos con la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

La Policía de la Provincia de Buenos Aires

Esta fuerza no necesita mucha presentación, es la fuerza policial más grande del país, con más de 90 mil efectivos y cumple funciones en la provincia más extensa de la Nación.

Hablar de ella y describirla merece innumerables páginas de lectura, pero aquí solo nos centraremos en lo que nos importa, su Servicio de Inteligencia Criminal.

En 1999, mediante la Ley 12.2944, la Provincia se adhirió a la Ley de Seguridad Interior promulgada en 1992, y en su Art. 5 indica que “El Ministro de Justicia y Seguridad podrá suscribir con el organismo de mayor nivel de inteligencia del Poder Ejecutivo Nacional los convenios necesarios a fin de asegurar la provisión de información e inteligencia estratégica referida a la situación de seguridad interior a nivel nacional que sea concerniente a la Provincia de Buenos Aires.”

Cabe destacar que los antecedentes históricos del servicio de inteligencia bonaerense son anteriores. El 3 de agosto de 1956 se creó la entonces “Central de Inteligencia”, decisión publicada en la Orden del Día 19.434, con la finalidad de atender razones de servicio y cimentando las bases de nuestro organismo. Pero en esta oportunidad nos limitaremos a analizar lo relacionado al actual Subsistema de Inteligencia Criminal.

Continuando con la normativa de la Policía de la Provincia, la Ley 13.4825 de 2006, la cual organizo a la fuerza, creo la Superintendencia de Evaluación de la Información para Prevención del Delito precisando para su actividad una estructura técnica especializada en la realización de actividades de inteligencia policial relacionadas con la prevención del delito, entendiendo la evolución de la problemática criminal en el territorio de la provincia de Buenos Aires. Sin embargo, en este punto cabe destacar que el mismo plexo normativo le adjudico a la Superintendencia de Comunicaciones implementar los medios que permitan las actividades de inteligencia y contrainteligencia de las comunicaciones.

Posteriormente el órgano que condujo el Sistema de Inteligencia Criminal fue cambiando su estructura y denominación para ser en la actualidad la Superintendencia de Inteligencia Criminal, con el siguiente organigrama:

  • 21 Delegaciones Departamentales
  • 6 Subdelegaciones Departamentales
  • 1 Unidad de Evaluación de Información en c/Municipio.
*Organigrama de confección propia con la información obtenida en https://www.mseg.gba.gov.ar/areas/superintcriminal/organismos.html

Respecto a las funciones de los elementos principales del organigrama a continuación se detalla resumidamente sus tareas:

Dirección de Coordinación General:

  • Ejercer la supervisión y coordinación operativa del personal, para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas aprobadas por la superioridad.
  • Coordinar el cumplimiento de las funciones esenciales de la especialidad dispuestas en el artículo 188 de la Ley N° 13.482 de Unificación de las Normas de Organización de las Policías de la Provincia de Buenos Aires.
  • Proponer el diseño y elaboración del Plan Anual de Inteligencia (PAI).
  • Coordinar la mesa operacional de inteligencia criminal integrada, compuesta por las Direcciones de la Superintendencia, planificando las estrategias de trabajo de acuerdo al Plan Anual de Inteligencia (PAI).
  • Coordinar estratégicamente el planeamiento y orientación de los requerimientos con las áreas pertinentes de la Superintendencia, de acuerdo a las necesidades prioritarias (Elemento Esencial de Inteligencia [E.E.I.] – Otros Elementos de Inteligencia [O.E.I]) derivadas del Plan de Inteligencia Anual (PAI).
  • Articular el esfuerzo de la inteligencia criminal para la obtención de información, su procesamiento, análisis y elaboración de la prospectiva coyuntural y transversal sobre problemáticas para la seguridad pública.
  • Impartir directivas vinculadas al control de incorporación de la información a la base de datos unificada del crimen organizado.
  • Dirigir la producción de información de inteligencia policial con el propósito de evitar y/o neutralizar actividades que representen amenazas o riesgos para la seguridad institucional.
  • Proponer programas de selección e incorporación de recursos humanos.
  • Presentar los requerimientos de actualización de equipamiento logístico, tecnológico y “software”.
  • Proponer la celebración de convenios con organismos provinciales, nacionales e internacionales con arreglo a las normativas vigentes.
  • Coordinar el cumplimiento del ciclo de inteligencia de acuerdo a lineamientos y directivas vigentes.

Dirección Secretaría y Despacho:

  • Organizar y supervisar las tareas inherentes a los procedimientos, control y diligenciamiento de los actos administrativos.
  • Ejercer, programar, supervisar e instrumentar las acciones conducentes para la gestión y el despacho de la tramitación administrativa.
  • Coordinar las tramitaciones administrativas prestando asistencia y asesoramiento a las distintas dependencias de la Superintendencia.
  • Supervisar toda documentación que ingrese o egrese de la Superintendencia, fijando el orden de prioridades para su diligenciamiento, acorde a la normativa vigente y las pautas que al efecto se establezcan.
  • Recopilar, organizar y mantener actualizado el digesto de Leyes, Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Protocolos, Circulares y demás normativa vigente, haciéndolo conocer a la totalidad de las unidades policiales de la Superintendencia y prever su estricto cumplimiento.
  • Recabar información sobre las posibilidades que ofrecen instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, para el desarrollo de cursos complementarios o de perfeccionamiento, en coordinación con el área de formación y capacitación respectiva.
  • Dirigir y organizar la mesa interdisciplinaria, integrada por las Direcciones de la Superintendencia, quienes propondrán la elaboración de protocolos y/o manuales de la especialidad.
  • Inspección y control administrativo, logístico y edilicio de las unidades policiales descentralizadas de la Superintendencia.
  • Promover la capacitación permanente del personal a sus órdenes, conforme a cambios tecnológicos y necesidades funcionales.
  • Participar de la mesa operacional de inteligencia criminal integrada, cumpliendo con la elaboración del Plan Anual de Inteligencia (PAI), conforme a las normativas vigentes en la materia.
  • Asistir al Superintendente actuando como nexo con las dependencias subordinadas u otros organismos policiales o ministeriales.

Dirección de Análisis:

  • Organizar el proceso de análisis de la información específica referida a los hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad pública.
  • Cumplir con la elaboración del Plan Anual de Inteligencia (PAI), participando además de la mesa operacional integrada.
  • Dirigir estudios prospectivos que permitan identificar patrones criminales o amenazas, y elaborar reportes de probable evolución sobre problemáticas específicas.
  • Disponer y supervisar la actividad de procesamiento, clasificación, análisis, registro, y tratamiento en las bases de datos unificadas, sobre la información obtenida de las estructuras delictivas de naturaleza organizada, que afecte la seguridad pública de la Provincia, conforme a las normativas vigentes en la materia.
  • Formular hipótesis de trabajo y análisis del accionar de la criminalidad organizada en sus diferentes manifestaciones, como también del impacto local de las redes del crimen trasnacional.
  • Supervisar que las actividades desarrolladas en el ámbito de su competencia se realicen bajo estricto cumplimiento de las normativas vigentes.
  • Promover la capacitación permanente de los especialistas, conforme a los cambios tecnológicos y las necesidades funcionales.

Dirección de Operaciones:

  • Consolidar la planificación operativa de la Superintendencia, coordinando las tareas propias, la de los estamentos a su cargo y las que llevare, con las demás Direcciones.
  • Instrumentar tareas operacionales en base a demandas de servicio que se le requieran a la Superintendencia, en el ámbito de su competencia.
  • Participar de operaciones planificadas desde el ámbito del Ministerio de Seguridad.
  • Supervisar las actividades que por su complejidad, necesiten de procedimientos específicos, capacidades personales y tecnología de excelencia.
  • Intervenir en la planificación de actividades que posibiliten la seguridad de objetivos sensibles propensos a ser vulnerados.
  • Participar de la mesa operacional de inteligencia criminal integrada, cumpliendo con la elaboración del Plan Anual de Inteligencia (PAI).


Dirección Reunión de Información:

  • Disponer la obtención y reunión de información referida a hechos, riesgos y conflictos que afecten la seguridad de la provincia de Buenos Aires.
  • Participar de la mesa operacional de inteligencia criminal integrada, cumpliendo con la elaboración del Plan Anual de Inteligencia (PAI).
  • Coordinar eficientemente las actividades de reunión de información y explotación de fuentes, impartiendo órdenes oportunas y precisas de acuerdo a las necesidades de producción de inteligencia criminal para prevención del delito, de acuerdo con el principio de legalidad.
  • Valorizar la fuente y los medios de reunión de información, de acuerdo a lineamientos establecidos al efecto.
  • Asegurar la continua reunión de información y retroalimentación de la misma contribuyendo al eficaz cumplimiento del ciclo de Inteligencia Criminal.
  • Suministrar la información relevante y oportuna a las respectivas áreas de la Superintendencia, de acuerdo con las responsabilidades de cada una de ellas.

Direcciones de Coordinación Operativa: Metropolitana Norte, Metropolitana Sur, Interior Norte, Interior Sur y Costa Atlántica:

  • Ejercer la supervisión y fiscalización de la ejecución de las tareas desarrolladas por las Delegaciones subordinadas, en el ámbito de responsabilidad operacional, disponiendo de los recursos humanos y logísticos cuando las actividades a desarrollarse así lo exigieren.
  • Ejercer la inspección y el control sobre el correcto funcionamiento legal y administrativo, así como el estado general de las dependencias descentralizadas.
  • Vigilar el cumplimiento de las instrucciones generales y particulares emanadas del Ministerio de Seguridad y la Superintendencia de Inteligencia Criminal.
  • Tomar conocimiento de las novedades relevantes que acontezcan dentro del área de responsabilidad operacional, resolviendo las situaciones que así lo ameriten por su gravedad y urgencia.
  • Interiorizarse respecto de las evaluaciones formuladas por los Gabinetes de Evaluación Departamentales y proponer cursos de acción para la resolución de las problemáticas detectadas, que por su complejidad u otras características superen el ámbito de competencia de las Delegaciones subordinadas.
  • Llevar a cabo observaciones de gestión o inspección funcionales, a las delegaciones a su cargo, promoviendo inmediatas correcciones e imponiendo las medidas administrativas disciplinarias cuando corresponda.
  • Supervisar la tarea de enlace y coordinación con otros organismos policiales en el ámbito de su área de responsabilidad operacional.
  • Mantener actualizada la información referente a la problemática delictiva en el ámbito de su área de responsabilidad operacional.
  • Participar en Comités de Crisis, de acuerdo a la normativa vigente y que se constituyan originados por hechos delictivos, que por sus características o trascendencia pública tenga alta relevancia.


Delegaciones/Subdelegaciones y demás unidades operativas:

  • Conducir y supervisar que las actividades de reunión de información estén orientadas a la detección de situaciones de vulnerabilidad del sistema de seguridad pública, ante el accionar de grupos delictivos, a efectos de adoptar las medidas preventivas e investigativas apropiadas.
  • Conocer oportunamente las características socio-demográficas geográficas y la realidad criminal de su ámbito de responsabilidad operacional, a fin de brindar asesoramiento y asistencia a sus superiores.
  • Promover la reunión de información que permita una adecuada prevención del delito con arreglo a la normativa vigente.
  • Mantener permanentemente actualizada la carta de situación de inteligencia criminal de su ámbito de responsabilidad operacional y las respectivas bases de datos de eventos delictivos.
  • Participar de reuniones e interactuar con las diferentes Policías a efectos de brindar e intercambiar información de distintas situaciones delictivas.
  • Acceder a la información que a este efecto se generen en los correspondientes Centros de Procesamiento y Análisis de la Información Delictiva (Ce.P.A.l.D) u otros organismos con la misma funcionalidad que se creen a futuro, coordinando con ellos la adecuada utilización de los datos.
  • Adoptar los procedimientos legales más adecuados para la reunión de información, como así elaborar los informes pertinentes.

Como se puede observar la estructura de la Inteligencia Criminal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires es basta, compleja y se expande a todo el territorio de la misma. Esto último en cumplimiento al Art. 189 de la Ley 13.482, el cual reza “Cada municipio de la Provincia tendrá una delegación de evaluación de la información para la prevención del delito”.

Ahora bien, no se debe inferir que el tamaño de la estructura signifique un despliegue de personal y medios en forma homogénea. Mayores recursos son asignados a zonas mas conflictivas mientras otras poseen poco personal con recursos logísticos limitados o nulos. Se debe recordar que la Provincia esta compuesta por 135 municipios que poseen desde 2500 habitantes (Tordillo) hasta 1800000 (La Matanza) o se extienden por 35 km2 (Vicente López) hasta 13500 km2 (Patagones), según el censo 20226

Hasta aquí se le mostro al lector como esta compuesto el Sistema de Inteligencia Criminal de la Pcia. de Bs. As., tal vez, estructuralmente, el más grande del SICRI.

En nuestra próxima edición, al igual se hizo con el Sistema de Inteligencia Nacional, exploraremos el marco normativo y las medidas de control sobre este, si es que existen.

Bibliografía:

  • EL “HERMANO MENOR” DEL SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL

https://elanalista.com.ar/el-hermano-menor-del-sistema-de-inteligencia-nacional/

  • Ley de Inteligencia Nacional

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-25520-70496/texto

  • Ley de Seguridad Interior-Ley 24.059

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-24059-458/actualizacion

  • LEY 12.294, Adhesión a la Ley Nacional 24.059 de Seguridad Interior

https://normas.gba.gob.ar/documentos/0ZAOkhEV.html

  • LEY 13482 LEY DE UNIFICACION DE LAS NORMAS DE ORGANIZACION DE LAS POLICIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

https://normas.gba.gob.ar/documentos/xapPdi40.html

  • Censo de la Provincia de Bs. As. 2022

https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Partidos_de_la_provincia_de_Buenos_Aires#cite_note-INDEC2022d-5

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