ArmamentosPublicaciones

Disparos al aire en contextos festivos

Una tradición peligrosa con consecuencias trágicas.

Las celebraciones masivas suelen ser analizadas desde una lógica social o cultural. Sin embargo, para quienes observan los fenómenos desde la óptica de la seguridad interior y la gestión del riesgo, representan escenarios sensibles donde emergen conductas que ponen a prueba la capacidad preventiva del Estado y el grado de responsabilidad ciudadana. Entre ellas, el disparo de armas de fuego al aire durante las fiestas continúa siendo una amenaza subestimada, pese a su potencial letal y a su impacto directo sobre la seguridad de la población en general. Un riesgo técnicamente conocido y socialmente tolerado.

Desde el punto de vista balístico, no existe margen para interpretaciones: todo proyectil disparado al aire retorna al suelo. La caída se produce con velocidad suficiente para causar lesiones graves o la muerte, especialmente en entornos urbanos densamente poblados.

El uso de armas durante festejos tiene raíces culturales en algunas regiones, donde se asocia el estruendo con alegría o buena suerte. Sin embargo, las consecuencias de disparar al aire van mucho más allá del impacto inmediato: Trayectoria impredecible: las balas disparadas hacia arriba no desaparecen; terminan cayendo con fuerza suficiente como para causar lesión o muerte al alcanzar velocidad terminal. Zonas urbanas densas: en ciudades y barrios densamente poblados, la probabilidad de que un proyectil alcance personas o estructuras aumenta.

Percepción de impunidad

Muchos disparos no son denunciados o no se esclarece su origen, lo que puede reforzar conductas de riesgo. A pesar de la prohibición en ciertos casos del uso de pirotecnia sonora —medida que busca reducir riesgos asociados a los estruendos festivos— no existe en muchos lugares una regulación tan clara y firme para las armas de fuego durante celebraciones populares, lo que deja ese campo en un vacío de control efectivo. Aun así, persiste como práctica tolerada en determinados contextos festivos, lo que revela una brecha entre conocimiento técnico y conducta social.

Hechos recientes como indicadores, no como excepciones.

Los episodios ocurridos durante la última Navidad en el Área Metropolitana de Buenos Aires —incluyendo personas heridas por balas perdidas como la nena de 12 años en Ramos Mejía en la madrugada de pasado 25 de Diciembre y enfrentamientos armados surgidos en contextos no criminales— no deben leerse como hechos aislados, sino como indicadores de riesgo estructural. Este tipo de eventos evidencia un uso de armas fuera de todo marco funcional o defensivo, débil percepción de consecuencias penales, falta de internalización de normas básicas de seguridad y escasa disuasión preventiva en fechas críticas.

Desde una perspectiva estratégica, estos factores configuran un problema de seguridad ciudadana, no meramente policial. El empleo irresponsable de armas de fuego por parte de civiles en espacios comunes afecta uno de los pilares del Estado moderno: el monopolio legítimo de la fuerza. Cuando el uso de un instrumento letal se desvincula de toda finalidad legítima y se integra a prácticas sociales normalizadas, se debilita la autoridad normativa, se erosiona la confianza pública y se incrementa la sensación de vulnerabilidad colectiva.

En contextos regionales marcados por altos niveles de violencia armada, este tipo de conductas de “baja intensidad” no puede ser ignorado por los sistemas de seguridad. Marco normativo y responsabilidad institucional.

El ordenamiento jurídico argentino contempla sanciones claras para el uso indebido de armas de fuego, aun cuando no exista intención de causar daño, la excusa de “NO QUISE” no detiene una bala ni repara una perdida.

Desde el enfoque de la política pública, el disparo al aire debe ser considerado una conducta de riesgo extremo, equiparable a otras acciones negligentes con potencial letal, si ese disparo hiere o mata a alguien, la responsabilidad es directa, aunque no haya existido una mala intención. La aplicación efectiva de la norma no solo cumple una función punitiva, sino que refuerza la capacidad preventiva y disuasiva del Estado, especialmente en escenarios de alta concentración social. La respuesta a este fenómeno no puede limitarse al despliegue reactivo de fuerzas.

La prevención eficaz requiere: Identificación de patrones culturales de riesgo, Análisis de comportamiento social en fechas críticas, Campañas de comunicación orientadas a usuarios legales de armas, Coordinación entre fuerzas de seguridad, justicia y autoridades locales.

Desde la inteligencia aplicada a la seguridad interior, anticipar estas conductas resulta tan relevante como intervenir frente al delito consumado. Una amenaza evitable. Los disparos al aire no responden a lógicas criminales organizadas, pero generan consecuencias propias de escenarios de violencia. Son previsibles, prevenibles y completamente evitables.

Desde una mirada estratégica, permitir su persistencia implica aceptar un riesgo innecesario sobre la población civil y en general y una falla en la construcción de una cultura de seguridad sólida. La seguridad no se vulnera solo cuando se dispara contra alguien. También se pierde cuando se dispara sin pensar dónde va a caer ese proyectil.

CONCLUSION: Las fiestas deberían ser momentos de unión y alegría. Sin embargo, cuando practicas peligrosas como los disparos al aire se normalizan, el resultado puede ser trágico y desbastador para familias enteras. Los casos de esta Navidad en Bs. As. Con niños heridos y un Homicidio Vinculado a armas de fuego son un llamado de atención urgente para repensar tradiciones y priorizar la seguridad de todos. En estas fiestas, recuerda que un disparo al aire es una renuncia momentánea a la seguridad de colectiva. En contextos urbanos complejos, ese gesto no es simbólico, es potencialmente letal. La verdadera celebración comienza cuando nadie tiene q lamentar una perdida evitable.

Fuente: https://lineadirectaportal.com/sinaloa/el-peligro-mortal-de-disparar-al-aire-una-practica-que-puede-cobrar-vidas-2024-12-12__1277313

Fuentes de referencia y consulta:

1. RENAR – Registro Nacional de Armas.

2. Ley Nacional de Armas y Explosivos 20.429/73 y su Decreto Reglamentario 395/75 Ministerio de Seguridad de la Nación ( https://www.argentina.gob.ar/seguridad )

3. Código Penal de la Nación Argentina.

4. Artículos vinculados al uso indebido de armas y delitos culposos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.